31 de julio de 2011

TEORÍA DEL ESTADO

Percy Acuña Vigil
En este escrito registro mis apuntes del estudio de la teoría del Estado.


Leviathan: 
Tomas Hobbes establece su doctrina de derecho moderno como la base de las  sociedades y de los gobiernos legítimos.

La ciencia del estado
La Teoría del Estado es la disciplina filosófica que investiga la esencia y finalidad del Estado. Su denominación es de origen alemán y su materia propia se ha desarrollado desde la segunda mitad del siglo pasado. La Teoría del Estado no es Ciencia estricta sino Filosófica, y tiene como objeto el estudio de la realidad del Estado, así como sus caracteres esenciales, situados más allá del derecho.
    El Derecho constitucional es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un Estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos, incluyendo tanto las relaciones entre poderes públicos, como las relaciones entre los poderes públicos y ciudadanos.
    En términos generales, la teoría del Estado es una ciencia del ser social político . La ciencia del Derecho es una ciencia del deber ser social jurídico. El Estado es la sociedad política normada jurídicamente. De aquí que siendo la norma jurídica uno de los elementos integrantes del Estado, la disciplina científica que estudia al fenómeno social y cultural jurídico está en relación directa con la ciencia que estudia al Estado, que es el todo relacional humano organizado política y jurídicamente y del cual el derecho es una parte fundamental.
    Por otra parte, el derecho positivo o derecho del Estado, es un conjunto de reglas que sirven como medio de control de los modos de actuar de los seres humanos y como todo sistema de control social busca posibilitar la convivencia social. Es en este aspecto en donde cobra plena vigencia la afirmación del jurista romano Ulpiano, "donde está la sociedad está el derecho". De aquí que el jurista francés Maurice Hariou señale que una ley constitucional, una Constitución de Estado, no sea otra cosa que "el encuadre jurídico de los fenómenos políticos de la esfera estatal".
    La Teoría del Estado es una disciplina científica que se desarrolla dentro de una manifestación súbita del derecho público en Alemania a principios del siglo XIX, y que tiene como objeto de estudio el fenómeno "Estado".
    En esta tradición Georg Jellinek, Carl Friedrich von Gerber, Paul Laband, Herman Heller y otros, han separado a la Teoría del Estado del campo de estudios de la teoría política general, del proceso político de la esfera estatal separando el estudio teórico y de los principios generales causales y finalísticos del grupo.

Georg Jellinek: Teoría del Estado

    A partir de esta tradición con las disciplinas filosóficas políticas -La Ontología política, la Ética y la Axiología política- se ha tendido a elaborar una ciencia autónoma e independiente, cuyo objeto de estudio es el Estado en su realidad sociopolítica e histórico-cultural-jurídica, que busca formular una teoría filosófica y científica de validez general
    En el pensamiento de Hermann Heller, representante descollante de la Teoría del Estado alemana, se postula utilizar un criterio de verdad que permita describir e interpretar en forma válida los fenómenos políticos, estableciendo, de esta manera, los principios universales que le dan carácter de ciencia.
    Este criterio es la norma mental que nos sirve para juzgar, para apreciar valores, es el signo distintivo que nos permite distinguir una cosa de otra. El objeto del criterio es llevar a la certeza, a un estado anímico de convencimiento de manera evidente, de que nos encontramos en posesión de la verdad. El criterio de certeza no es único, sino que ha variado en el transcurso de la historia. El criterio puede clasificarse en dos grandes grupos: de carácter dogmático y de carácter crítico.
    En esta tradición el criterio para alcanzar la verdad es la evidencia, la cual reposa en el principio de la contradicción. Hay que buscar, luego, la evidencia con apoyo en las diversas fuentes de certeza, por evidencia intrínseca y por evidencia extrínseca. Una vez encontrada la evidencia, el hombre puede estar razonablemente seguro de haber llegado a la verdad desde la opción del realismo crítico.

Problemas fundamentales que plantea todo estudio reflexivo acerca del Estado
El estudio de la teoría del estado se plantea la necesidad de determinar ¿Cuál es el objeto de la materia a estudiar?, ¿Qué es el estado?, ¿Cuáles son las características esenciales y accidentales que configuran su ser?, ¿Para qué existe el estado?, ¿Por qué existe el estado?, ¿Por qué debe existir el estado?, ¿Cual es la estructura del estado y cuáles son las actividades que desarrolla?

Leviathan: Tomas Hobbes
"Pero ninguno de nosotros acusa por ello a la naturaleza del hombre. Los deseos, y otras pasiones del hombre, no son en sí mismos pecado. No lo son tampoco las acciones que proceden de estas pasiones, hasta que conocen una ley que las prohibe. Lo que no pueden saber hasta que haya leyes. Ni puede hacerse ley alguna hasta que hayan acordado la persona que lo hará." (Leviatán, XIII)


La formación del Estado moderno
El período conocido como Edad Moderna significó para Europa importantes cambios en su ordenamiento político. El fenómeno más destacado fue el surgimiento del concepto de Estado moderno: un territorio con fronteras determinadas, la existencia de gobierno común y un sentimiento de identificación cultural y nacional de sus habitantes.
    Este proceso fue iniciado a partir de los siglos XIV y XV, en los cuales el proceso político modifico la estructura de la sociedad feudal en la cual el concepto feudal de lealtad, fue reemplazado por los de autoridad y obediencia, propios de un Estado con poder centralizado. En el siglo XVII, el poder político de los monarcas se fortaleció hasta eliminar cualquier representatividad, dando lugar a las monarquías absolutas.
    La monarquía constituyó un Estado moderno sobre la base de una dirección fuerte, contando con los medios para sostenerla. Con esto, el rey consiguió la resignación de la sociedad, a cambio de un cierto orden y progreso. Uno de los más claros ejemplos del absolutismo fue Francia. Durante el siglo XVII, este país se convirtió en la mayor potencia europea, después de consolidar sus fronteras, gracias a innumerables guerras con los países vecinos. El rey Luis XIV (1643-1715) fue la mejor personificación de la imagen del monarca absoluto.

Surgimiento del Estado liberal
El Estado liberal surgió como resultado de una crítica al Estado monárquico absolutista, de los siglos XVII y XVIII, la forma de Estado que existía hasta antes de la Revolución Francesa de 1789. El liberalismo surgió a partir de una crítica contundente al sistema monárquico-feudal, que tuvo su expresión más acabada en la frase del Rey Luis XIV: "El Estado soy Yo".
    Este liberalismo original tenía no solo una dimensión política, sino también económica y filosófica. Entre los pensadores o ideólogos se encontraban Juan Jacobo Rousseau, Montesquieu, Diderot, Voltaire, Adam Smith, David Ricardo, Malthus, John Locke y Hobbes, etc.
    Todos estos filósofos y pensadores hicieron una crítica a la sociedad absolutista-monárquica, que culminó en un proceso revolucionario de carácter político-social como fue la Revolución Francesa, y al mismo tiempo coincidió con un fenómeno de carácter científico-tecnológico: la primera Revolución industrial. Ambos dieron origen a un nuevo tipo de sociedad: la sociedad capitalista; y a un nuevo tipo de Estado: el Estado Liberal-Burgués.

Estado liberal como Estado de derecho
El Estado de Derecho se encuadra en el marco del Estado liberal pero no lo agota. Su configuración aparece marcada por dos planteamientos fundamentales:
•    Por el Mandato de la ley (rule of law), que surge como consecuencia de los enfrentamientos producidos en Inglaterra entre los defensores del parlamentarismo y los defensores del absolutismo monárquico. Este concepto supone el Imperio del Derecho o Imperio de la ley, la primacía del principio de legalidad como expresión de la soberanía popular recogida en el Parlamento.
•    Por los planteamientos del iusnaturalismo racionalista de origen protestante que propone el alejamiento del Derecho de las cuestiones éticas y morales; al mismo tiempo que establece la vinculación entre el Estado y el Derecho.

Pero en realidad la formulación del Estado de Derecho surge en la doctrina alemana como lo expone ampliamente George Holland Sabine en su Historia de la Teoría Política. En esta Immanuel Kant representa la culminación de la concepción racional del Derecho y del Estado.
    El término «Estado de Derecho» tiene su origen en la doctrina alemana Rechtsstaat. El primero que lo utilizó como tal fue Robert von Mohl en su libro La ciencia de policía alemana en conformidad con los principios de los Estados de derecho, sin embargo, la mayoría de los autores alemanes ubican el origen del concepto en la obra de Immanuel Kant. En la tradición anglosajona, el término más equivalente en términos conceptuales es el Rule of law.
    Frente al mandato de la ley (rule of law) que sitúa en una posición suprema al Parlamento, la doctrina alemana, donde esta supremacía no existía, ofreció la formulación del Estado de Derecho según la cual el poder legislativo asume el monopolio de la ley, y el ejecutivo la capacidad de hacer cumplir lo dictado por el legislativo.

Orígenes de la Teoría del Estado
Norberto Bobbio señala que en el ámbito de las doctrinas realistas del Estado se distinguen las doctrinas racionalistas y las historicistas. También distingue el modelo iusnaturalista, en el que el Estado es un cuerpo artificial que nace en contraposición al estado de naturaleza, del modelo aristotélico en el cual el Estado es una sociedad natural que brota de la normal evolución del primer núcleo organizado, la familia.
    De manera formal, esta materia se originó en Alemania a mediados del siglo XIX. Sin embargo, el contenido de los estudios que comprende esta disciplina ha variado de acuerdo con las distintas corrientes filosóficas.


Según Héller, la decadencia presente de las ciencias políticas, y también, en parte, la crisis política actual, se deben a la falta de relación de las teorías políticas con la realidad y al carácter rela­tivo de sus afirmaciones causado por su manera subjetiva de plantear los problemas.


Alemania:
    Entre los autores se encuentra, el positivismo jurídico de Carl Friedrich von Gerber, Paul Laband y fundamentalmente de Georg Jellinek. La del formalismo jurídico encabezada por el austriaco Hans Kelsen, el decisionismo de Herman Héller y Carl Schmitt, y la corriente Nacional Socialista, representada entre otros por Hüber, Höhn y Koellreuter.

Francia:
En este país, la Teoría del Estado se engloba en el Derecho Constitucional, y existe la tendencia a analizarlo desde un punto de vista jurídico. Es el caso de Carré de Malberg, Hariou, Henri Berthelemy, Leon Duguit, etc. También se analiza desde el punto de vista de las ciencias políticas como es el caso de Maurice Duverger o Jean Meynaud.

España:
De manera similar a lo que ocurre en Francia, se incluyen los estudios de la Teoría del Estado dentro de los programas de Derecho Público y Constitucional. En este caso, sobresalen los estudios de Adolfo Posada, C. Ruiz del Castillo, Luis Sánchez Agesta, Luís Izaga, Eustaquio Galán y Gutiérrez, Francisco Javier Conde, Antonio Karam, entre otros más. Más contemporáneamente, destaca la obra de José Zafra Valverde que postula la tendencia a considerar a la Teoría del Estado como Sociología Política.

Italia:
También en este país los problemas de Teoría del Estado son estudiados por los tratadistas del Derecho Constitucional como Palma, Miceli, Orlando y Santi Romano. De igual manera, en la actualidad existe una tendencia a estudiar la Teoría del Estado como disciplina autónoma, siendo notable la obra de Alessandro Groppali. No puede quedar de lado la aportación del insigne filósofo del Derecho Jorge del Vecchio.

Bélgica:
La obra de Jean Dabin es de gran valer por estudiar los problemas de la política desde el punto de vista teórico, elevándose del positivismo, y por lo ortodoxo de su doctrina en relación con la Filosofía tradicional.

Inglaterra y Estados Unidos:
En los países anglosajones, las disciplinas políticas y de ciencias políticas reciben especial atención. Por su valer, destacan la clásica obra de A.J. Carlyle (Historia del pensamiento medieval) y la de la George Sabine (Historia del pensamiento político).

 
Alexander James Carlyle: Historia de la teoría política medieval en occidente


Elementos constitutivos del Estado.
El Estado es una comunidad política cuyos elementos constitutivos son el territorio, la población (el pueblo) y la autoridad, en el sentido equivalente a gobierno.
    Ha sido la Escuela Histórica del Derecho, de la que Savigny fue el más insigne represente, la que opuso al ente racionalista individual la realidad de un ente colectivo, como reacción a la corriente racionalista abstracta e individualista. En vez de un derecho situado en un mundo puramente racional, la Escuela Histórica de Savigny, según Georges Gurvitch, situó al hombre dentro del mundo concreto en que se halla éste. Miró una de las realidades históricas, positivas, semejante al lenguaje y a otras manifestaciones culturales, como señala Raúl Ferrero en su obra sobre "Ciencia Política".
    La existencia del Estado es necesaria, impuesta por la naturaleza de las cosas. En lo que respecta al Estado moderno, éste se constituye desde que el poder se despersonaliza, institucionalizándose. En la formación del Estado hay un hecho de conciencia: la aceptación de los gobernados al establecimiento de un orden cuyo titularato es impuesto a una entidad abstracta.

Importancia de la génesis del Estado.
El Estado tiene por finalidad el "bien común". Ya Aristóteles lo había definido de este modo y hoy en día ha quedado como verdad universal.
    El orden jurídico es un elemento fundamental del bien común, pero no es el fin del Estado, sino un producto social que se inspira en el bien común. Poder y fin están contenidos en el orden, al cual remodelan. El poder está antes del orden, pues lo dicta, y el fin está más allá del orden, pues lo inspira.
    El bien común consiste en un conjunto de condiciones sociales que favorecen el desarrollo del hombre, medio social propicio para que éste realice sus potencialidades como persona. Raúl Ferrero, en su obra "Ciencia Política", comenta al referirse del bien común, que este no es una masa de bienes por repartir, sino un orden justo, más allá del cual existe para el individuo un fin último.

Finalidad del Estado.
Por naturaleza, las actividades del Estado se manifiestan en tres formas, que se les denomina funciones: legislativa, administrativa y jurisdiccional. Pero la conducción del Estado, o sea la actividad política, está por encima de la clasificación de funciones.

El Estado de Derecho.
Se denomina Estado de Derecho a una forma política en la cual el poder se halla sometido a un sistema de normas jurídicas, de manera real, con el fin de proteger los derechos de la persona.
    Históricamente, el Estado de Derecho es una derivación del liberalismo y aparece con la independencia de los Estados Unidos de Norte América y la Revolución Francesa. Su sentido y su finalidad están en la protección debida a los derechos de las personas. Es esta concepción del Estado de Derecho la que impera en las Constituciones democráticas de Occidente.

Elementos del Estado de Derecho.
Cuatro son los elementos del Estado de Derecho: la libertad individual, la igualdad, la división de poderes y el control de la constitucionalidad de las leyes.
    Fue Montesquieu, quien definió la libertad como "el derecho de hacer todo aquello que las leyes permitan", principio que quedó incorporado a la Declaración del hombre y el ciudadano, donde se declara que, la libertad consiste en poder hacer todo aquello que no daña a otro; por lo tanto, el ejercicio de los derechos naturales de cada hombre no tiene más límites que aquellos que aseguran a los demás miembros de la sociedad el goce de los mismos derechos. Estos límites sólo pueden ser determinados por la ley.

Teorías que integran la Teoría del Estado.
    Teoría sociológica, en la que Norberto Bobbio señala que la obra de Weber: Wirtschaft und Recht (Rechtssoziologie) rompe con la tradición clásica de la filosofía política en la definición de Estado, en la teoría de los tipos de poder y en la teoría del poder legal-racional.
    Teoría jurídica en la que la referencia fundamental se encuentra en la obra de Hans Kelsen y en la de Hermann Heller.
    Teoría justificativa, en la que la obra de Georg Jellinek es un referente importante además de los aportes de la teoría religiosa, jurídica, ética, psicológica y de fuerza.
    Además el Estado se estudia desde p.e. las Teorías contractualistas, organicistas, positivistas, idealistas, materialistas.
 Bibliografía:

FERRERO R., Raúl: "Ciencia política: Teoría del Estado y Derecho Constitucional. Lima. 2000.
Teoría del Estado: Lima: UNMSM, Fondo Editorial;
Universidad de Lima, 2003, 531 p.; Otros autores: Ferrero Costa, Raúl, Comp.
ALZAMORA VALDEZ, Mario: "Introducción a la ciencia del derecho". Lima. 1972.
RUBIO CORREA, Marcial: "El sistema jurídico: Introducción al Derecho". Lima. 1991.
SILVA SANTISTEBAN G.S., Luis: "Fundamentos de ciencia política”. Lima. 1988.



P. Cayetano Acuña Vigil.
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27 de julio de 2011

El Idealismo: La representación del mundo


Schopenhauer
Kant, dice Schopenhauer, explicó concluyentemente que sólo nos son dadas las “apariencias”, nunca una “cosa en sí”. Espacio, tiempo, causalidad, determinan nuestro mundo, son a su vez determinaciones a priori en nosotros, y sólo nos pueden ser atribuidas a nosotros, los sujetos de la experiencia.


Es una corriente filosófica que parte de que lo primario es lo espiritual en el modo de resolver la cuestión fundamental de la filosofía. El rasgo fundamental del idealismo es el tomar como punto de partida para la reflexión filosófica no el mundo exterior, sino lo que llamamos el sujeto o la consciencia. Es, de acuerdo con Schopenhauer, la representación del mundo y no el mundo.

Por sus raíces sociales ha sido considerado por W. Dilthey también como una concepción del mundo, quien planteo las tres Weltanschaungen básicas: el idealismo objetivo, el de la libertad y el naturalista.

    Al plantear nuevas cuestiones gnoseológicas ha estimulado el estudio de varios problemas filosóficos como por ejemplo la dialéctica de Hegel.

    El idealismo como vocablo se usa en relación con los ideales,  pero siempre imaginados como realizables.

Este idealismo se ha manifestado de diversas formas durante la época moderna. 
El ejemplo más eminente del idealismo cuya unidad es histórica está constituido por el llamado «idealismo alemán» cuyos representantes son Kant, Fichte, Schelling, y Hegel principalmente.

    El idealismo moderno, constituye un esfuerzo por responder a la pregunta, ¿cómo pueden conocerse las cosas? Esta pregunta no es solo una pregunta gnoseológica sino metafísica. Se considera idealistas a Descartes, Malabranche, Leibniz, Kant, Fichte, Schelling, Hegel.

    Descartes es considerado «el primer idealista moderno», y cuyo idealismo consiste en considerar que toda la evidencia arraiga en el cógito. Descartes considera que en la relación cognoscitiva entre Sujeto y Objeto es el sujeto el que determina los límites, el alcance y el criterio de verdad y falsedad del conocer. La conciencia es el ámbito trascendental de posibilidad de la certeza y, por tanto, de la verdad, y por tanto, del conocimiento, pues no hay conocimiento sino de lo verdadero. Por todo ello, Descartes inicia el Idealismo Moderno.

    Kant es el centro del pensamiento idealista. El idealismo trascendental de Kant afirma que la existencia de los objetos externos no es cognoscible mediante percepción inmediata. El idealismo trascendental es una concepción epistemológica y metafísica propuesta por el filósofo alemán Immanuel Kant en el siglo XVIII.

    Brevemente expuesto, el idealismo trascendental establece que todo conocimiento exige la existencia de dos elementos: el primero, externo al sujeto (lo dado, o principio material), es decir, un objeto de conocimiento. El segundo, propio del sujeto (lo puesto, o principio formal), que no es más que el sujeto mismo que conoce. Con respecto al segundo, Kant afirma que las condiciones de todo conocimiento no son puestas por el objeto conocido, sino por el sujeto que conoce. El sujeto que conoce introduce ciertas formas que, no preexistiendo en la realidad, son imprescindibles para comprenderla. Para Kant el conocimiento nace de la unión de la sensibilidad con el entendimiento, las formas solas no producen conocimiento y las intuiciones solas tampoco.

 Por esto sostiene Kant en la Crítica de la Razón Pura:
     "Pensamientos sin contenidos son vacíos; las intuiciones sin conceptos son ciegas".

En otras palabras, sin sensibilidad nada nos sería dado y sin entendimiento, nada sería pensado.

Todo lo intuido en el espacio y el tiempo y con ello todos los objetos de nuestra experiencia posible, no es más que fenómenos, esto es, meras representaciones, que del modo en que se representan, como sustancia extensa o series de alteraciones, no tienen existencia propia e independiente aparte de nuestro pensamiento.    

A este concepto lo llamo idealismo trascendental.

Crítica de la razón pura
En el idealismo postkantiano el “mundo” es equiparado con “la representación del mundo.”

Contemporáneamente han surgido las corrientes derivadas de las corrientes neokantianas y hegelianas y el idealismo fenomenológico de Husserl, en el cual la consciencia pura se presenta como una multitud de sujetos individuales puros, a diferencia del idealismo trascendental en donde hay «una consciencia pura, única y numéricamente distinta».

También puede hablarse de diversas formas de idealismo cuando se adjetiva el término sin establecer contraposición entre ellas.



Link a la Enciclopedia de Filosofía Standford

26 de julio de 2011

Qué significa tolerancia hoy día

Aristóteles: 
La Justicia como igualdad proporcional: Dar a cada uno lo que es suyo, o lo que le corresponde. Dice que lo que le corresponde a cada ciudadano tiene que estar en proporción con su contribución a la sociedad, sus necesidades y sus méritos personales.

En la actualidad se ha abierto el camino  a la tolerancia, a la diversidad. Se ha pasado del pensamiento fuerte, de las cosmovisiones filosóficas contundentes, de la epistemología rectora, al pensamiento débil, a una modalidad de negación débil de toda creencia y de todo principio religioso, político o social., a visiones despreocupadas, al mundo del vale todo.
    Frente a esta banalidad, se ha señalado que la sociedad plural dispone de las más variadas estrategias y procedimientos para, cubrir con su manto de diversidad y tolerancia, y marginar todo discurso que exceda del pensamiento único.
    En este texto sintetizo ideas sobre el concepto de tolerancia, tan mencionado frente a la problemática social, y empleado para justificar acciones tomadas en su nombre invocándola tanto en sentidos como en contextos diferentes. El objetivo de este texto es proporcionar elementos de juicio para tender a dilucidar un concepto de ética política que tiene un lugar decisivo en la vida democrática.
    El termino tolerancia proviene del latín tolerare (sostener, soportar), Del latín “tolerans” gen. “tolerantis” que es ppa. de “tolerare” – “soportar, cargar, tolerar”. En alemán tolerancia es duldsamkeit, copula = duld, die Duldung = aguantar, soportar. Tolerancia significa el reconocimiento de puntos de vista y de principios externos, en particular en las áreas religiosas y confesionales.
    También Toleranz ist das unbehagliche Gefühl, der andere könnte am Ende doch recht haben. Es una noción que define el grado de aceptación frente a un elemento contrario a una regla moral.

1.    Origen histórico
El concepto de tolerancia ha variado en el tiempo. Examino brevemente algunos de los enfoques filosóficos paradigmáticos.
    Fue Aristóteles quien concibió la concordia entre ciudadanos como una de las formas que reviste la amistad que él definía como «benevolencia recíproca»: en la Ética a Nicómaco. La democracia griega no se vio demandada por esta norma, no necesitó tener que soportar lo distinto y, menos, obviamente, en postularla como virtud, - les bastaba con la ironía. Los griegos no rechazaban, se reían, tenían la jovialidad para no tomarse demasiado en serio. Sin la experiencia del rechazo, la tolerancia no fue un valor griego. “Sólo puede ejercer la tolerancia –afirma Habermas - quien subjetivamente tiene razones convincentes para rechazar a los que tienen creencias diferentes (…) y que pueden ser sostenidas como válidas también de manera pública”.

Tomas de Aquino: 
«en el régimen humano la autoridad tolera con acierto algunos males para no impedir algunos bienes o para que no se incurra en males peores»

    La tolerancia tiene un doble origen histórico, la concepción medieval de la tolerancia a partir de Tomas de Aquino en el siglo XIII que define la impronta católica y la de la tolerancia liberal como la de Michael Sandel quien hoy día desde el republicanismo la retoma. Cada una de estas concepciones influye cuando se ponen en pie de igualdad democrática, cuando en realidad existen profundas e irreconciliables diferencias sobre el sentido, el valor y los fines de la vida.
    Marcilio de Padua (Defensor Pacis, 1324) trato la tolerancia en su filosofía política y en sus propósitos de reforma religiosa, a partir de tesis que fueron reivindicadas por los primeros cristianos y más tarde retomadas por Espinoza .
    La tolerancia aparece en escena a partir del siglo XVI. Jean Bodin sostuvo en el Traite de la République (1576) el liberalismo religioso y propugno por la tolerancia civil de los reformados bajo el compromiso de su lealtad a los intereses nacionales.
    El filósofo inglés Thomas Hobbes (1588-1679) propuso por primera vez que el origen del Estado fuera un pacto entre todos los ciudadanos, negando así el origen divino del poder, defendido por el absolutismo de la escolástica medieval. Sin embargo, según Hobbes, a través del pacto los ciudadanos, en nombre de la seguridad, han de renunciar a su capacidad de autogobierno, ya que la libertad es considerada el origen del caos, debido a la maldad innata que se atribuye al ser humano.
    En el año 1670 Baruch de Espinoza publica su Tratado teológico político en el que plantea una abierta defensa de la libertad de expresión y de la tolerancia religiosa.
    Para la teoría moderna de la t. religiosa es fundamental la Carta sobre la tolerancia defendida por John Locke en 1685, que es definida por la fórmula "dejad de combatir lo que no se puede cambiar". En esta se observa que de la tolerancia recíproca entre cristianos quedaran excluidos los católicos y los ateos. Este es el mismo Locke tolerante que en las Constituciones fundamentales de Norte América  estatuyó que "todo hombre libre debe tener poder y autoridad sobre sus esclavos negros, no importa qué religión tengan".

Voltaire

    También bajo el rubro de tolerancia, la Enciclopedia recomendaba como regla general que la libertad de conciencia estabilizaba el ordenamiento político en vez de cuestionarlo. En el Tratado sobre la tolerancia, de Voltaire (1763), La tolerancia era la apertura hacia lo universal que podía acabar con la discordia entre seres humanos que, como los de Locke, sólo piensan en la defensa del propio interés.
    La obra de David Hume se centra en la crítica del conocimiento, su defensa de la reflexión y de la tolerancia, son las características principales de su escepticismo. En cuanto al escepticismo moderado que expone es una postura que hace protagonista al hombre pero que al mismo tiempo le indica que aquello que piensa no es una verdad universal que otros deben suscribir, y por tanto postula humildad y tolerancia.
    John Stuart Mill escribió una de las mejores defensas de la tolerancia y la libertad de pensamiento, sostiene que la tolerancia gubernamental viene asociada a la separación del poder del ámbito privado de la vida de los ciudadanos.
    No obstante al avanzar a derecho la libertad religiosa a fines del siglo XVIII se pasa a ver en la tolerancia la concesión autoritaria y arbitraria de derechos de libertad de los que nadie en principio puede disponer. 
    Anacharsis  Cloots en 1792 sostenía que el termino era una "arrogación ilegítima" y que el término mismo tolerancia debía ser proscrito del lenguaje.
    Kant; en la respuesta a la pregunta: ¿qué es ilustración? sostenía que el príncipe esclarecido sólo puede rechazar “el nombre arrogante de tolerancia”. En su filosofía moral sostiene que los seres humanos deben ser respetados porque son un fin en sí mismos. Al ser un fin en sí mismos poseen un valor intrínseco y absoluto. Por este motivo es que los seres humanos tenemos este valor tan especial, llamado por Kant la "dignidad". La consecuencia a nivel político de la propuesta kantiana es la tolerancia, el respeto a las ideas ajenas y la democracia como sistema político .
    En las Máximas y reflexiones sobre literatura y ética, Goethe va mucho más allá al precisar que “tolerancia debería propiamente ser tan sólo un modo provisorio de pensar ya que ella debe llevar al reconocimiento. Tolerar significa ofender”. 

2.    Estatuto moral
Se habla de la tolerancia como un valor, como un principio o como una virtud. Estas no se contradicen pero no significa que no se identifiquen. Como principio no todos están de acuerdo ni tienen un punto de vista razonado sobre ella. La tolerancia es una virtud en sentido político característico de la democracia liberal y depende de cómo se ejerce la virtud de la tolerancia en el marco de la sociedad democrática pluralista, para considerarla como un valor.

3.    Significado
La tolerancia social es la capacidad de aceptación de una persona a otra que no es capaz de soportar a alguien o a un grupo ante lo que no es similar a sus valores o a las normas establecidas por la sociedad. Es el respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias. La tolerancia no es hacer concesiones, pero tampoco es indiferencia. Para ser tolerante es necesario conocer al otro. Es el respeto mutuo mediante el entendimiento mutuo, e incluso cuando este no se da. Según ciertas teorías el miedo y la ignorancia son las raíces que causan la intolerancia y sus patrones pueden imprimirse en la psique humana desde muy temprana edad.
    La tolerancia se ejerce cuando un individuo tiene la autoridad o el poder de prohibir una acción que considere indeseable y no lo hace. Ocurre que hay individuos que dejan actuar y sibilinamente actúan intolerantemente mostrando el cinismo postmoderno que Sloterdijk define como ‘falsa conciencia’.

Peter Sloterdijk
«La religión tiene que ver con la tolerancia pero también con la decisión».

    Algunos la entienden como una forma de resignación, como simple indiferencia y otros la asocian con el respeto mutuo. Walzer habla de la tolerancia como un continuum semántico que refleja un tipo de actitud. Según Rawls es un mecanismo para poner entre paréntesis la verdad. Raz la considera como una abstinencia epistémica resultando que ahora le toca el turno a la verdad moral, ya que cualquier esfuerzo epistémico resulta incompatible con los fines estrictamente políticos de la justicia.
    En oposición a la concepción liberal, Santo Tomas entiende la tolerancia como la concesión de un permiso que es el resultado de una evaluación epistémica. Por eso como sostiene Sandel la tolerancia consiste en que admite una evaluación sobre el valor moral de la práctica en discusión.

4.    La tolerancia en la actualidad.
En la actualidad en Teoría de la Justicia (1971) John Rawls plantea su formulación teórica sobre la tolerancia.   
    Rawls considera que entre las libertades básicas está la libertad política, el derecho de expresión y reunión, la libertad de pensamiento y de conciencia. La formulación de estos principios señala que cada persona ha de tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas iguales que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás.
    Ronald Dworkin asume la idea comunitarista de sustentar la concepción de lo correcto sobre una concepción del bien, y trata de fundamentar los principios políticos liberales (igualdad, libertad y tolerancia) en una ética liberal.
    Will Kymlicka plantea la necesidad de una serie de derechos especiales, expresamente formulados, que deben ser la base de la coexistencia de las etnias y culturas. Propone una serie de derechos diferenciados para las minorías étnicas y nacionales que conviven en una sociedad multicultural donde se mueven diferentes concepciones de bien.
    Charles Taylor en La ética de la autenticidad, indaga las formas y las causadas del individualismo ético moderno frente al cual realiza un esfuerzo de recuperación de determinadas tradiciones culturales. Taylor sostiene que la tolerancia planteada por esta ética actualmente no alcanza, para desarrollar una política del reconocimiento. Sostiene que sobre los principios igualitarios de los derechos de ciudadanía se debe plantear políticas de la diferencia que reconozcan las identidades culturales singulares, y dialoguen con ellas.
    La Tolerancia, en consecuencia, implica ahora estar dispuesto a respetar la inviolabilidad de la esfera privada de la existencia individual y la exigencia de que la sociedad rehúse interferir con las prácticas privadas. Lo que comenzó como aceptación concesiva de excentricidades se fue convirtiendo en un estímulo para el despliegue de la individualidad y para el auge de la pluralidad, toda vez que la sociedad es vista como el mercado en el que cada cual persigue sus objetivos hasta el punto extremo en el que ello sea reconciliable con los empeños de los demás. El escenario en el que se pudo realizar este ideal liberal-individualista fue el de la gran metrópoli en la que la extensión, la división de funciones, el ritmo acelerado de vida, el fraccionamiento de los grupos sociales, la densidad de población y, ante todo, al anonimato, ofrecen el marco para tolerar la diversidad de prácticas y de cosmovisiones.

John Rawls
Considera que entre las libertades básicas está la libertad política, el derecho de expresión y reunión, la libertad de pensamiento y de conciencia. La formulación de estos principios señala que cada persona ha de tener un derecho igual al esquema más extenso de libertades básicas iguales que sea compatible con un esquema semejante de libertades para los demás.

    Joseph Raz sostiene hoy que este marco urbano se ve desde hace tiempo desbordado por las migraciones que fomentan la subcultura de la ilegalidad y la acelerada enajenación de la sociedad y de sus instrucciones.     
    Frente a las minorías, continúa Raz, la primera estrategia que se valió el liberalismo fue justamente la de la tolerancia que consistió en dejar que las minorías se comportasen como ellas mismas deseaban, sin criminalizarlas en cuanto no faltasen contra la cultura de la mayoría y contra la posibilidad de quienes pertenecían a ella pudiesen disfrutar del estilo de vida que le es propio.
    La tolerancia se vio complementada en la segunda mitad del siglo XX por la estrategia de los derechos de no discriminación, propios del liberalismo que han hecho popular los escritos de Rawls; la complementación, sin embargo, no fue suficiente. La tercera y actual respuesta liberal al problema de la minoría es para Raz la afirmación de la multiculturalidad; esta nueva estrategia supera al perjuicio individualista de los derechos de no discriminación al partir de la convicción de que la libertad y la prosperidad de los individuos dependen de la “plena y libre membrecía” en un grupo cultural con fe en el pluralismo de valores que se traducen en prácticas diferentes y en muchos aspectos incompatibles dentro de la sociedad.
    Estas afirmaciones no son aceptables en nuestro concepto, en razón de que asumen la pertenencia etno-culturales a la membrecía de un club inglés, en el empeño obsesivo en condicionar el reconocimiento de esas pertenencias por parte del liberalismo a la exigencia de que todos podamos salirnos de nuestras culturas y valores o renunciar a nuestras tradiciones sin generar problemas.
    Esta supuesta neutralidad de la tolerancia liberal ha sido criticada también por Herbert Marcuse quién señalaba que la tolerancia sólo sirve para mantener el status quo de la desigualdad. En “La tolerancia represiva”, Marcuse construye su acta de acusación formal contra la burguesía, considerándola no como un crisol de conductas arcaicas o pasadas de moda, sino como la causa directa de la opresión que soporta la sociedad.
    La tolerancia, según Herbert Marcuse, se ha vuelto abstracta porque en la sociedad afluente se tolera prácticamente todo a fin de perpetuar la lucha por la existencia y reprimir cualquier alternativa; el camino hacia la liberación exige, por el contrario, la intolerancia ante todo tipo de represión. La crítica de Marcuse resalta la paradójica inocuidad de la libertad de expresión contemporánea y la necesidad impostergable de la equiparación real de poder y de intereses.
    Para Marcuse exigir a pueblos hambrientos tolerancia frente al sistema de quienes tienen el poder y las utilidades es y seguirá siendo ejercicio de represión en tanto no se creen a escala mundial condiciones sociales que alivien la exclusión; la tolerancia llegaría a ser real en sociedades étnica y religiosamente heterogéneas sólo cuando deje de ser relevante el ordenamiento en estratos sociales de los grupos étnicos y religiosos.
    Desde el liberalismo Alasdair MacIntyre ha mostrado cómo la doctrina marcusiana de la "liberación total" está esbozada sobe el fondo de un nuevo despotismo: en donde el pueblo no tiene palabras que decir, y las alternativas no son entre la democracia real y la autoridad de una élite, sino entre élites rivales: la élite represiva del presente y la élite liberadora del futuro marcusiano.
    Alexander Mitscherlich mostró por su parte que el liberalismo que predica la tolerancia enseña al mismo tiempo el comportamiento intolerante como medio para triunfar en la competencia del mercado, reforzando con ello los riesgos naturales de este comportamiento.
    Michael Waltzer en Tratado sobre la tolerancia se dedica a debatir la denominada «política de la tolerancia» y examina cinco «regímenes» de tolerancia realizando una elocuente defensa de la tolerancia, de las diferencias de grupo y del pluralismo, y acaba proponiendo un debate sobre la «cultura de la guerra», la «política de la diferencia» y la «desunión de América». Y, aunque su visión de la política contemporánea es desoladora, se demuestra finalmente optimista respecto a la posibilidad de una coexistencia: el pluralismo cultural y la ciudadanía común, caminando de la mano en el marco de una democracia fuerte e igualitaria.
    Hans-Georg Gadamer en su Elogio de la Teoría (1993) ha escrito que la tolerancia es la más infrecuente de todas las virtudes y ve en ella no un signo de debilidad sino de fortaleza y significa el reconocimiento de iguales derechos del que piensa distinto. La condición de la tolerancia religiosa es que permanezca inalterado el orden de dominio y la cristiandad de la sociedad.
    Para Leo Strauss el nihilismo que padecía la Norteamérica del siglo XX tenía su origen en el reconocimiento de la tolerancia. Sostenía que se requería una revolución conservadora que instituyera un nuevo lenguaje épico basado en la sencillez, el heroísmo agónico y en metáforas emotivas que activaran la retraída moral norteamericana. Junto con Erich Vöegelin y Carl Schmitt descalificaron el positivismo liberal .

Michael Walzer
La tolerancia no debería ser restringida simplemente al logro de la armonía social. Se trata, en realidad, de promover un sistema estatal cuya religión civil produzca no sólo ciudadanos heterogéneos y defensores de la tolerancia, sino también individuos que valoren y perpetúen el valor positivo de la diferencia.

El concepto de respeto consiste en el reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro en una relación. No es simplemente la consideración, sino que implica un interés no egoísta por el otro más allá de las obligaciones explícitas que puedan existir.

5.    Conclusión:
La tolerancia fue necesaria en el ámbito religioso; su fin consistió en posibilitar la convivencia pacífica; sin embargo la tolerancia fue extendiéndose a los problemas provocados por la diversidad moral, étnica y cultural.
    Desde el multiculturalismo Taylor, Walzer, Raz, Kymlika, Oto Apel tratan las demandas de las llamadas minorías culturales. Unos opinan que la Tolerancia de Santo Tomas es insuficiente y degradante, otros que la concepción Rawlsiana es insensible e individualista. Algunos la corrijen como Kymlica lo hace con Rawls y otros transforman la tolerancia para ajustarla a los diferentes tipos de pluralismo (Apel).
    Por esto en la actualidad apelamos a la tolerancia para tratar democráticamente las diversas manifestaciones del pluralismo y el desacuerdo en el juicio moral de modo de justificar el uso del poder político en términos de igualdad, libertad e inclusión. De este modo la tolerancia forma parte del diseño de una democracia deliberativa en la que los ciudadanos participen de la cosa pública.
    La posición de Rawls en este contexto resulta ser la más atractiva. Resuelve las disputas morales renunciando a una respuesta definitiva en torno al juicio moral. Sin embargo la tolerancia evasiva olvida que una salida individualista no resuelve las disputas morales más profundas. Por eso la tolerancia debe ser una instancia crítica que ponga en juego una argumentación abierta y sin restricciones en el espacio público político.
    Este resumen repaso muestra las aristas del concepto de tolerancia especialmente cuando en la reflexión ética se trata el tema del respeto mutuo y del reconocimiento reciproco. La noción de tolerancia tiene consideraciones que muestran que su empleo indiscriminado implica el riesgo de falta de claridad y de ambigüedad.
    En su ambigüedad esencial, tolerar presupone una apreciación negativa de aquello mismo que se tolera. De esta raíz condenatoria resulta la negatividad aneja a la tolerancia y la sospecha fundada de que ella sea una máscara para embozar el odio y el desprecio del otro y de lo otro. Si se trata de reconocimiento igual y de igual respeto, el medio idóneo no es el de la tolerancia y sí el de la extensión de la ciudadanía política como reconocimiento de la misma legitimidad de derecho y de la dimensión colectiva de la identidad.
    La igualdad no es tan simple, la libertad no es tan amplia y la inclusión no siempre es posible para todos como lo recuerda Walzer. En este sentido las propuestas de Santo Tomas y las de Sandel sobre la tolerancia poseen importante valor democrático, ya que presuponen un esfuerzo deliberativo que niega que podamos eximirnos de la búsqueda por alcanzar la verdad, o bien, un juicio moral lo más próximo a la verdad.

25 de julio de 2011

¿Que son los Conceptos?

Percy Acuña Vigil[1]

El termino concepto ha sido empleado con muy diversas acepciones, asociándose a noción, idea, pensamiento. A veces se ha traducido λογος (logos) por “concepto”, por  “noción”.

En la filosofía antigua fue frecuente tratar lo que se ha denominado concepto como un universal que define la naturaleza de una entidad.

En Platón, en una filosofía eminentemente realista, el concepto tiende a ser un universal real, mientras que en una filosofía conceptuable como la de Aristóteles, se destaca el carácter de “substancia”.

En Descartes se emplea el termino “idea” para hablar de conceptus.

Entre los autores racionalistas como Leibniz el concepto tiene una acepción metafísica[2] y por lo tanto se le da una interpretación epistemológica.

Entre los autores empiristas, como Locke o Hume, el concepto tiene una significación psicológica.

En Kant, el Begriff se distingue de intuición (sensaciones, percepciones). Según Kant, las intuiciones sin conceptos son ciegas, y los conceptos sin intuiciones son vacíos.

Otros pensadores basándose en supuestos empiristas o positivistas estiman que los conceptos son descripciones.

Otros como G. Frege, apelando a Kant sostienen que los conceptos tienen validez lógica  y carácter objetivo. Distingue entre concepto y objeto y habla así mismo de los conceptos como funciones de un argumento. Sus valores son los valores de lo “verdadero” y de lo “falso”.

Carnap ha distinguido entre conceptos semánticos y absolutos. Los conceptos absolutos son empleados cuando la verdad no se refiere solo a las expresiones sino a su designata[3].

Hegel entendió el concepto como un mediador entre el ser y el devenir, entre lo inmediato y la reflexión. En su pensamiento dialéctico se manifiesta el desarrollo del ser lógico y el del ser real también. Hegel habla del proceso del concepto subjetivo al concepto objetivo y de este a la idea. (Tercer libro de la Lógica). El concepto es presentado como concepto general en sus tres momentos: universalidad, particularidad, e individualidad.

Según Pfander[4] los conceptos son los elementos últimos de todos los pensamientos y hace una radical distinción entre el concepto entendido como una entidad lógica y el concepto como es aprehendido en el curso de los actos psicológicos.

Hempel, en su ensayo “La lógica de la explicación”, indica que de acuerdo a la explicación nomológica – deductiva una explicación científica de un hecho es la deducción de un enunciado llamado explanandum que describe el hecho que deseamos explicar, y las premisas, llamadas el explanan que son las leyes científicas y las condiciones iniciales apropiadas. Para que una explicación sea aceptable, el explanan debe ser cierto.

De acuerdo con esto, la explicación se reduce a una relación lógica entre los términos: el explanandum es una consecuencia del explanans. Esto significa que una teoría trata de propiedades generales expresadas por enunciados universales.

En “Logic, methodology & philosophy of  cience”, (1973), Hempel modifica su pensamiento y se aparta del positivismo lógico con una critica a la construcción standard del positivismo, dándole importancia a la construcción de los términos teóricos.
Síntesis de las ideas sobre el concepto

Wittgenstein definió las proposiciones como modelos de la realidad[5], de ahí que el rasgo principal de las proposiciones y del lenguaje sea el aspecto descriptivo, y por lo tanto su pretensión de verdad: “La proposición es una función de verdad de la proposición elemental.”[6]

Mantuvo que existe una estrecha relación entre el lenguaje y el pensamiento: “En la proposición se expresa con sentido y de manera perceptible el pensamiento.”[7]

Consideró que el pensar y su expresión lingüística están relacionados esencialmente pues para él los límites del lenguaje coinciden con los límites del pensamiento: todo lo que se puede pensar se puede decir, todo lo que se puede decir se puede pensar. Estas afirmaciones son muy importantes porque se relacionan con el ámbito de cosas que se pueden conocer.

De su trabajo se puede sintetizar que:

La proposición es un hecho pero, a diferencia de otros hechos, posee una relación figurativa con la realidad, remite a otra cosa distinta de ella misma pues es un modelo isomórfico de la realidad. En la proposición sus elementos, las palabras, no están dispuestas de cualquier manera, antes al contrario, están dispuestos de un modo preciso; a esta estructura de los distintos elementos y sin la cual la proposición no sería una representación isomórfica, Wittgenstein la denomina “forma lógica”. Wittgenstein sostuvo que mediante el análisis lógico podríamos llegar hasta los elementos últimos de la proposición, los signos simples a los que llamo nombres[8].

Los nombres nombran los objetos, gracias a ellos la proposición se refiere a unos objetos en vez de a otros. Los nombres se refieren a los objetos y la propo­sición en su conjunto describe los estados de cosas en los que los objetos están inmersos.

·  De este modo la forma fundamental del lenguaje es la proposición, una síntesis de un sujeto gramatical con un predicado gramatical.

·  Cualquier pensamiento puede reducirse a sus tres formas elementales: Concepto, juicio y razonamiento.

·  La forma típica del pensamiento es el juicio, que es la síntesis de dos ideas o conceptos, de los cuales uno es el concepto-sujeto y el otro es el concepto-predicado.

·  El concepto es la reunión de los caracteres esenciales de un grupo de representaciones.

·    Separando o aislando los caracteres esenciales, conocemos la naturaleza abstracta del concepto.

·   La distinción que se hace corrientemente entre lo concreto y lo abstracto no se refiere a los conceptos mismos, sino a los objetos a que se hacen referencia.

·    El concepto es, por su naturaleza, abstracto, puesto que está constituido por las señales o notas esenciales abstractas de una pluridad de representaciones.

Caracteres que se deben distinguir en los conceptos?

1.   Hay caracteres indispensables, esenciales, necesarios, sin los cuales no podemos pensar el concepto.

2.   Los caracteres accidentales que pueden existir, pero que no son necesarios para que tengamos el concepto.

Caracteres de los Conceptos

1.       El ordenamiento, o sea la relacionabilidad, es el primer carácter: se refiere a que un objeto no puede tener más de un concepto, en cambio la imagen que éste nos proporciona puede estar encadenada a una serie de conceptos.

2.       La universalidad, que puede tener doble significado: este concepto vale para todos los objetos a que hace referencia.

Clases de Conceptos.     

1. De acuerdo a su identidad.    

Conceptos idénticos: son aquellos que tiene notas constitutivas.    

Conceptos dispares: son contradictores a los idénticos.    

Conceptos heterogéneos: no pueden parangonarse entre sí, porque el conocimiento del uno resulta inútil para el otro.

2.      Según su oposición.    

Contradictorios: cuando uno de los conceptos es la negación pura y simple del otro.    

Contrarios: si uno de ellos no sólo expresa la exclusión del otro, sino que indica, además, una cualidad positiva diversa de la del otro.

3.      Según su dependencia.          

Subordinados: son aquellos que están contenidos en otros que los abarcan.       Coordinados: aquellos que dependen en igual grado de un concepto común al cual están subordinados.

Extensión,  Comprensión de los Conceptos.

Se entiende por extensión de un concepto el número más o menos considerable de los objetos o individuos a los cuáles puede referirse dicho concepto.

La comprensión es el número más o menos grande de caracteres que contienen el concepto, número que puede variar de un concepto a otro.

Conceptos particulares y Universales.

Los conceptos individuales convienen a un solo objeto o ser, indivisible en nuevas clase, pero esto no significa que el concepto haya perdido su universalidad. Conceptos colectivos son aquellos cuyo objeto está constituido por la reunión de varios objetos tomados como uno solo.

La División Lógica y la Definición como Desarrollo del Concepto

La división lógica se propone, pues, determinar la extensión de un concepto. Consiste en fijar de un modo completo las especies que se hayan contenidas dentro de un concepto, considerado éste como un concepto genérico.

La Expresión del Concepto: Los Términos

La palabra pura es un conjunto de sonidos, o de signos visuales, que carecen de valor por sí mismos, pero sirven de soporte al pensamiento, o bien para transmitir el pensamiento cuando hablamos con los demás. Lo que importa en lógica es el pensamiento expresado y formulado mediante palabras, es decir, por términos. Sin embargo, término no es sinónimo de "palabra", porque un término puede constar de una o varias palabras.

Categorías

La palabra categoría significa "forma de enunciación", procede de Aristóteles, que fue el primero en dar una clasificación de dichos conceptos universales, agrupándolos en 10 órdenes: Sustancia; cantidad; calidad; relación; lugar; tiempo; posición; estado; acción; presión.


[1] Escrito preparado para la cátedra del Taller de Investigación en Arquitectura, en la UNI, FAUA
[2] La Metafísica (lat. "metaphysica", del gr. "metá" = “tras, más allá” y "phýsis" = “naturaleza”, es decir, “lo que viene después de la naturaleza”,"mas allá de lo físico") es la ciencia fundamental de la filosofía. Trata los problemas centrales y más profundos de la filosofía, tales como los fundamentos (presupuestos, causas y “primeros principios”), las estructuras más generales (leyes y principios), el sentido y la finalidad de la realidad toda y de todo ser. 
[3] En semántica, el término ‘designación’, también llamado ‘denominación’, es la relación de asociación que se establece entre un signo lingüístico y un referente, esto es, la realidad extra lingüística, llamada igualmente designado (o designatum /designata).
[4] Pfänder, Alexander. Logik / von Alexander Pfander — Halle: Max Niemeyer, 1921. traducción del alemán por J. Pérez Bances. Madrid: Revista de Occidente, 1933.
- Pfänder, Alexander. Phenomenology of Willing and Motivation and Other Phaenomenologica. Traducción de Herbert Spiegelberg. (Northwestern University Studies in Phenomenology and Existential Philosophy.) Northwestern University Press, 1967. Hardcover. 98pp.
[5] “Tractatus”, 4.01

[6] “Tractatus”, 5.
[7] “Tractatus”, 3.1.
[8] “Tractatus”, 3.2.

14 de julio de 2011

¿Qué es la Axiología?

La Axiología (< del griego άξιος ['valioso'] + λόγος ['tratado']) o Filosofía de los valores, es un término empleado por primera vez por Wilbur Marshall UrbanValuation: Its Nature and Laws, 1906— para designar la rama de la Filosofía que estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos.
    Indica que se tiene que ingresar en el interior de cada uno de nosotros para poder descubrir la belleza que yace en nosotros o que en todo caso todavía no escapamos de ese oscuro mundo en el cual algunos nos encontramos sumergidos.


    La axiología no sólo trata de los valores positivos, sino también de los valores negativos, analizando los principios que permiten considerar que algo es o no valioso, y considerando los fundamentos de tal juicio. La investigación de una teoría de los valores ha encontrado una aplicación especial en la ética y en la estética, ámbitos donde el concepto de valor posee una relevancia específica. Algunos filósofos como los alemanes Heinrich Rickert o Max Scheler han realizado diferentes propuestas para elaborar una jerarquía adecuada de los valores. En este sentido, puede hablarse de una ‘ética axiológica’, que fue desarrollada, principalmente, por el propio Scheler y Nicolai Hartmann.
    Desde el punto de vista ético, la axiología es una de las dos ramas principales de la Ética normativa junto con la Deontología.
    El estudio griego culmina con el desarrollo de un sistema de valores. Los valores pueden ser objetivos o subjetivos. Ejemplos de valores objetivos incluyen el bien, la verdad o la belleza, siendo finalidades ellos mismos. Se consideran valores subjetivos, en cambio, cuando estos representan un medio para llegar a un fin (en la mayoría de los casos caracterizados por un deseo personal). Además, los valores pueden ser fijos (permanentes) o dinámicos (cambiantes). Los valores también pueden diferenciarse a base de su grado de importancia y pueden ser conceptualizados en términos de una jerarquía, en cuyo caso algunos poseerán una posición más alta que otros.


 La Axiología trata de los siguientes temas:
    Del Valor: de los valores éticos fundamentales: Del Bien. Dignidad. Justicia. Libertad. Solidaridad. Igualdad. Responsabilidad.

Cuestiones que trata la filosofía del derecho.
Epistemología jurídica. La epistemología jurídica entra en la reflexión sobre el conocimiento del derecho, se trata de dilucidar si este conocimiento es posible, qué forma o estructura ha de tener, cuáles son sus maneras de presentarse en las sociedades, etc.
    Ontología jurídica. La Ontología jurídica habrá de fijar el concepto del Derecho, es decir cuál será el objeto sobre el que se va a filosofar; nótese que este objeto es anterior al conocimiento que se le aplica, es decir tiene una realidad propia antes de ser estudiado. La Ontología jurídica obtendrá un concepto del Derecho que servirá como base para una reflexión filosófica posterior.



    Axiología jurídica. La Axiología jurídica trata el problema de los valores jurídicos, es decir, dilucida sobre cuáles sean los valores que harán correcto un modelo de Derecho o que primarán a la hora de elaborar o aplicar el derecho. De todos los valores del Derecho el más importante es el de "justicia"; tiene tanta importancia que algunos autores designan a la axiología jurídica como Teoría de la Justicia.
     Filosofía jurídica existencial. La filosofía jurídica existencial tiene su razón de ser en el marco de antropología, es decir trata de poner de relieve la relación entre el hombre y la realidad jurídica; no podemos prescindir del hombre en la realización del Derecho porque la humanidad es la que crea y aplica el Derecho, aún más, crea y aplica a sí misma el Derecho.



El tema de los valores en la ciencia y la tecnología.
Consideramos que la filosofía de la ciencia no es solo una actividad epistémica y metodológica , sino que es también una actividad axiológica, de modo que su reflexión no se dirige solo al como se han desarrollado las teorías científicas , sino también a la reflexión del deber ser de la ciencia, estimulando nuevos valores tanto epistémicos como de praxis en la actividad científica, enfatizando la responsabilidad ética y social del investigador.
    Nicholás Rescher en su libro Razón y valores en la Era científico-tecnológica, después de analizar ampliamente toda la problemática del valor, y de mostrar que el valor no es sólo una cuestión subjetiva, sino también objetiva, explica que los valores en la ciencia tienen que ver fundamentalmente con:
    Los objetivos de la ciencia: Que siempre tienen que ver con valoraciones, por ejemplo, el tema de una investigación; la conducta misma del investigador está vinculada con valores tales como la veracidad, la precisión, la objetividad. De igual manera sucede con la descripción efectiva, la predicción, el control y dominio de la naturaleza que se traduce en tecnología.
    Valores de la ciencia en cuanto a teoría. Ciertos factores de valor constituyen los desiderata de las teorías científicas, en los cuales se incluyen los factores de coherencia, consistencia, generalidad, comprensibilidad, simplicidad, exactitud, precisión y otros. Aquí se encuentran también los valores incluidos en la gestión del riesgo cognitivo, en especial los estándares de prueba y rigor en las consideraciones que sirven para determinar, cuántas pruebas empíricas se requieren para justificar la aceptabilidad de ciertas afirmaciones científicas.
    Valores de la ciencia en cuanto proceso de producción: Valores inherentes a los investigadores científicos, a los actores mismos, tales como perseverancia y persistencia, veracidad, honradez intelectual, cuidado del detalle, pasión por la búsqueda de la verdad, modestia intelectual. Aquí entran también los estímulos al investigador y la búsqueda por el investigador mismo de incentivos y premios.
    Valores de la ciencia en cuanto a aplicación: Algunos factores de valor representan el beneficio de los productos de la ciencia, relacionados principalmente con la aplicación de ésta a las ventajas de los desideratas humanos, tales como el bienestar, la salud, la longevidad, la comodidad, etc., especialmente hablando de ciencias como la medicina, la agricultura y la ingeniería genética. En las ciencias sobre todo encontramos los modos a través de los cuales los valores impregnan la labor científico-tecnológica. En diversas áreas de la medicina surgen preguntas sobre la clonación y el aborto, sólo para dar dos ejemplos; o sobre la puesta en práctica de la investigación médica: el ensañamiento terapéutico, la eutanasia, la prolongación artificial de la vida, y muchas otras preguntas que hoy plantea el desarrollo de las últimas tecnologías en medicina.
    El conocimiento científico es un bien humano, un bien valiosísimo, pero al fin y al cabo un bien entre otros, puesto que el hombre además de bienes específicamente cognitivos, estima también otros bienes relacionados con la calidad de vida personal y comunitaria: bienestar físico, compañerismo, atractivo del medio ambiente, armonía social, desarrollo cultural, etc. El progreso científico-tecnológico si es cierto, como pensaba Francisco Bacon, que puede hacer más fácil la vida humana, pero no la simplifica ni elimina su complejidad, y con frecuencia, mal empleada, aumenta por el contrario los problemas, o plantea nuevos problemas. Problemas que obligan hoy a preguntarnos seriamente sobre los límites del progreso científico, límites no tanto teóricos sino prácticos. No se trata de ponerle límites a la mente humana, sino sólo de ponerle límites a la aplicación irresponsable de aquello que el hombre es capaz de inventar o descubrir.

A manera de resumen
    Los valores desempeñan un papel central en la ciencia y ese cometido no es arbitrario o añadido, sino inherente a su propia estructura de búsqueda racional de comprensión y acomodación al mundo natural que constituye el entorno de nuestra vida. Al contrario se impone la necesidad de incluir dentro del ámbito de la filosofía de la ciencia no sólo una axiología enfocada hacia los valores epistémicos, y metodológicos, sino también hacia los valores sociales, éticos, estéticos y ecológicos en la ciencia.
    La conciencia del sentido axiológico de la actividad científica debería tenerse muy en cuenta en la formación y educación de los futuros hombres de ciencia y tecnología. En ningún contexto como en el educativo es indispensable la normalización, en ningún contexto fracasa tanto la idea de Feyerabend de "todo vale". Puesto que la enseñanza de la ciencia es condición necesaria para la reproducción y el mejor desarrollo del conocimiento científico, sería un error ignorar los valores que rigen esta fase de la educación científica: orden, claridad, capacidad argumentativa, potenciación del espíritu crítico, modestia intelectual, respeto por la dignidad humana, interés por ayudar a solucionar los problemas más graves de su propia sociedad y respeto por el medio ambiente, son entre otros, valores que deben empezar a desarrollarse sobretodo en la universidad.
     Una filosofía de la ciencia capaz de conscientizar sobre la necesidad de humanizar la actividad científica en un mundo donde priman los medios sobre los fines, y donde la ciencia ya no es la búsqueda desinteresada del saber, sino también la búsqueda del saber con intenciones mercantilistas y politiqueras para dominar, controlar y ganar.

Referencias
[i] Rama de la Filosofía que estudia la naturaleza de los valores y juicios valorativos. Ejemplos: "los grandes metafísicos han igualado la axiología y la ontología" (en Derecho natural). "La Axiología jurídica trata el problema de los valores jurídicos" (en La filosofía jurídica existencial).

[ii] SHELER, Max. (1958).  Philosophical Perspectives, translated by Oscar Haac., Boston: Beacon Press.  Pp. 144. (German title: Philosophische Weltanschauung.)

[iii] Cadwallader, Eva Hauel. Searchlight on values: Nicolai Hartmann’s:’s twentieth-century value Platonism. Introd. by William Henry Werkmeister. Lanham, MD: University Press of America, 1984. HARTMANN, Nicolai. 1960. ’Einführung in die Philosophie. Osnabrück: Hanckel,.

[iv] La ética normativa es la ética que estudia la clasificación de los actos humanos en correctos e incorrectos dejando a un lado los prejuicios. Como materia de estudio está contrapuesta a la ética aplicada. La ética normativa considera a la ética como un conjunto de normas que se relacionan con acciones, es decir proporcionan maneras de proceder ante las situaciones y respuestas prácticas a la pregunta ¿qué debo hacer?.La ética descriptiva pone de relieve lo que la mayoría de la gente cree que es correcto o incorrrecto, mientras la ética normativa pone el acento en describir lo que las personas deberían de considerar bueno o malo.Por otro lado, la clasificación que realiza la ética normativa de las acciones humanas como adecuadas o inadecuadas la diferencia de la metaética, que estudia la naturaleza de las declaraciones morales y, también, la diferencia de la ética aplicada, la cual expone las reglas en contextos prácticos y que, por tanto, se ocupa de campos específicos del comportamiento humano y de discute las respuestas debidas ante estas situaciones.Se refiere al aspecto de la ética que tiene que ver exclusivamente con la formación y elaboración de las normas sociales, pero no con su seguimiento o cumplimiento, por que ya sería el aspecto fáctico de la ética.

[v] Deontología (del griego δέον "debido" + λόγος "tratado"), término introducido por BenthamDeontology or the Science of Morality, 1834— para referirse a la rama de la Ética cuyo objeto de estudio son los fundamentos del deber y las normas morales. Se la conoce también bajo el nombre de "Teoría del deber". Junto con la axiología es una de las dos ramas principales de la Ética normativa.Puede hablarse también de una deontología aplicada, en cuyo caso no se está ya ante una ética normativa sino descriptiva e incluso prescriptiva. 
    Es el caso de la deontología profesional.Kant, Immanuel (1964). Groundwork of the Metaphysic of Morals. Harper and Row Publishers, Inc.Su concepto básico es que obrar "de acuerdo a la ética" se corresponde con obrar de acuerdo a un código definido de antemano. Un apartamiento de una norma previamente definida, en general por escrito, constituye una actitud o un comportamiento no-ético.
    Por el contrario, existe otra rama, denominada Teleología, que define el obrar éticamente como aquella actitud o comportamiento que contempla el bien para la mayoría, determinando qué es correcto y qué no lo es en función del resultado a alcanzar.La mayor dificultad para los filósofos deónticos es la justificación de las restricciones. Es famosa lo que ha venido a conocerse como la paradoja deóntica de Robert Nozick
    Entre los Deónticos contemporáneos se incluye a Thomas Nagel y a Frances Kamm.
En el 2007, Kamm publico un libro que presenta una nueva teoría que incorpora aspectos de su “principio del mal permisible”, y la “Doctrina de la Pureza productiva”.  Este es un intento de proveer de una prescripción deóntica para determinar las circunstancias en las cuales es permitido actuar de modo de afectar a los otros.
KAMM, F. M. 2007. 'Chapter 5: Toward the Essence of Nonconsequentialist Constraints on Harming.'. In Intricate Ethics: Rights, Responsibilities, and Permissible Harm, Oxford University Press.
NAGEL, Thomas. 1970. The Possibility of Altruism (1970), Oxford University Press. (Reprinted in 1978, Princeton University Press.) 

[vi] ABBAGNANO, Nicolás: Diccionario Filosófico
BUNGE, Mario: La Ciencia, su método y su filosofía. Ed. Siglo XX 1982.
SALAZAR BONDY, Augusto: Iniciación Filosófica. Ed. Amaru 1974.
MIRÓ QUESADA, Francisco: Para iniciarse en la Filosofía. Lima-Perú
MARÍAS, Julián: Historia de la Filosofía.  Editorial Alco 1974. Madrid.
SANZ, Julio: Introducción a la Ciencia. Lima-Perú, 1984.

[vii] Históricamente el positivismo legal empezó con Jeremy Bentham y su discípulo John Austin. En el siglo XX Hans Kelsen y H.L.A. Hart.

[viii] Introduction to Value Theory.  Englewood Cliffs (Prentice Hall), 1969.  Reissued in 1982 by the University Press of America (Washington, D.C.).Razón y valores en la era cientifico-tecnológica.  Barcelona (Editorial Paidos), 1999.< http://www.pitt.edu/~rescher/ >

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