17 de noviembre de 2016

Qué se entiende por Comunitarismo

Qué se entiende por Comunitarismo?






El Comunitarismo se centra en señalar los efectos negativos de las sociedades modernas liberales: atomismo, desintegración social, quiebra del espíritu público, pérdida de los valores comunitarios, desarraigo de los individuos respecto a sus tradiciones…



Para los comunitaristas, la vida de las personas no puede entenderse al margen de su comunidad, cultura y tradiciones. La primacía del bien común es la base de las reglas y procedimientos políticos y jurídicos. El sujeto político ante todo pertenece a una comunidad. Una comunidad de memoria y creencias que le precede y a la que debe lealtad y compromiso. Como consecuencia, el bien comunitario se encuentra por encima de los derechos individuales.

Desde el comunitarismo, hay un rechazo explícito de la neutralidad ética estatal. El Estado debe promocionar una política del bien común, adecuada a la forma de vida de la comunidad.

La vida comunitaria es precisamente el espacio para la autorrealización individual. Así lo expresa la tradición cívico-humanista liderada por Charles Taylor. El pensamiento de este autor entiende la ciudadanía desde la identidad con la comunidad, y sólo bajo ese esquema de valores compartidos se hace posible la participación.

Las sociedades actuales, sin embargo, están compuestas por una pluralidad que escapa a la idea de una comunidad homogénea.

Esbozo del comunitarismo

El término comunitarismo alude al conjunto de doctrinas de filosofía política y teorías morales contemporáneas, casi todas de origen norteamericano, defendidas por autores como Sandel, Taylor, MacIntyre o Walzer, que rechazan los postulados liberales, tanto kantianos como utilitaristas, sobre el concepto de individuo y racionalidad.

El comunitarismo incide en la pertenencia social del individuo, en los estrechos lazos entre moralidad y las costumbres de la sociedad y en la relación entre las virtudes del bien humano y una tendencia teleológica de la naturaleza humana, reflejada en ciertas normas. En ese sentido la identidad de los individuos es previa a los fines e intereses que estos eligen, anteriores a todo compromiso.

Los teóricos del comunitarismo defienden:


o la naturaleza esencialmente política del ser humano (identificación del individuo como ciudadano), y o la importancia de la comunidad y de las tradiciones en el proceso de desarrollo de la condición personal del sujeto.

A su vez rechazan:

o los  presupuestos  de  la  filosofía  y  las  teorías  éticas  de  pensadores liberales, como Rawls o Dworkin.

Alasdair MacIntyre


En términos más concretos y como clasificación, puede distinguirse entre lo que constituye un comunitarismo más académico (MacIntyre, Sandel, Walzer y Taylor) y una serie de movimientos políticos autodenominados como comunitarismo sociológico, en el cual destaca Amitai Etzioni.

Dentro de este grupo amplio académico, coexisten dos corrientes:

        Comunitarismo orgánico: Hace referencia a un comunitarismo en sentido fuerte, que reivindica un cierto modelo de comunidad sustraído a la historia, olvidado en las actuales sociedades liberales. Aquí sobresalen autores como MacIntyre y Sandel.

        Comunitarismo estructural: Alude a un comunitarismo más relativo que, en principio, no reivindica la presencia —dentro del marco político, moral y jurídico— de algunos elementos básicos que habrían sido censurados, entre los que ocuparían un lugar central la comunidad y la cultura tradicional. Los autores canónicos son Walzer y Taylor.

A pesar de esta distinción, esquemática y orientada a lograr un efecto explicativo, el núcleo del pensamiento comunitarista es común. Su eje fundamental es la crítica al liberalismo. Más exactamente, dicha crítica se refiere en especial al liberalismo igualitarista representado por John Rawls.

Consultar: Mónica García Rubio. Universidad de Valladolid
UNA INTRODUCCIÓN AL COMUNITARISMO DESDE LA PERSPECTIVA DEL DERECHO POLÍTICO.
http://www.apostadigital.com/revistav3/hemeroteca/garciarubio.pdf nº 34, Julio, Agosto y Septiembre 2007

 
Michael Sandel

Aportes
El comunitarismo manifiesta el renacimiento, en los años ochenta, de las críticas de raíz aristotélica - hegelianas al liberalismo kantiano, aunque sobre todo emerge como respuesta, matización o rechazo al trabajo de Rawls, Teoría de la justicia. La base compartida por los autores comunitarios es su reacción frente a lo que juzgan una teoría fundamentalmente kantiana.  En este contexto, uno de los libros en los que se vislumbran algunos puntos de la crítica comunitarista contra el liberalismo fue Hegel y la sociedad moderna, [1] escrito por Taylor y publicado en 1979. Esa crítica incluye el rechazo  a un concepto  de razón  puramente formal, que  es definido  por  Kant,  al considerar  que  impide  ofrecer  contenidos concretos  a nuestras  obligaciones  morales;  aunque  también  censura  el concepto  de autonomía kantiano  en tanto  no considera en su justa medida la inmersión  del individuo  dentro  de su comunidad.

Michael Walzer


Este libro de Taylor, y un conjunto de artículos suyos escritos sobre el
«Atomismo», junto a otras obras que emergen en el contexto norteamericano, dan forma al movimiento comunitario. Alasdair MacIntyre escribe Tras la virtud [2] como un intento de refundar una moral de raíz aristotélica, basada en virtudes y no en principios universales. Pero será la publicación en 1982 de El liberalismo y los límites de la justicia [3] la fecha que marca oficialmente el comienzo del debate. Este libro aparece estructurado como una crítica a Rawls, y en él Sandel acuña el término  «comunitarismo» atacando  la concepción  de la justicia  típicamente  liberal  que  considera  la prioridad de lo correcto  o justo  sobre  lo bueno.  Por último, destaca la obra de Michael Walzer Las esferas de la justicia [4] que critica la propuesta de justicia distributiva que aparece principalmente en la obra de Rawls.

Consultar: Liberalism and Communitarianism: An Unfinished Debate
Rubén BENEDICTO RODRÍGUEZ* Universidad de Zaragoza.

*   Departamento de Filosofía, Facultad de Ciencias Sociales y Humanas. Correo electrónico: rubero@unizar.es. Fecha de entrega del artículo: 20 de abril de 2009. Fecha de aceptación y versión final: 15 de noviembre  de 2009.



[1] Charles  Taylor,  Hegel  and  Modern  Society, Cambridge, Cambridge University Press,1979.


[2]   Alasdair MacIntyre, After Virtue, London, Duckworth, 1981.


[3]   Michael Sandel, Liberalism   and the Limits   of the Justice, Cambridge, Cambridge.  University Press, 1982.


[4] Michael Walzer,  Spheres of Justice, New York, Basic Books, 1983.


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